La CNMV amonesta a Andrés Iniesta por la publicidad de una plataforma de criptomonedas

  • El jugador de fútbol ha promocionado el portal de compraventa Binance a través de su perfil de Twitter
  • El organismo le ha advertido de los riesgos asociados a los criptoactivos, al tratarse de productos no regulados
La CNMV amonesta a Andrés Iniesta por la publicidad de una plataforma de criptomonedas

El interés por las monedas digitales no ha parado de crecer en el último año, a raíz especialmente del desarrollo y consolidación de la tecnología blockchain y la atención que sobre ellas han puesto personalidades y entidades destacadas del ecosistema empresarial internacional, como Elon Musk o Tesla. Sin embargo, el sector de los criptoactivos navega en todavía en un mar de incertidumbre a la espera del establecimiento de un marco regulatorio que trace unas directrices sobre su uso y actividad. La misma incertidumbre que atañe también a la publicidad de las divisas digitales.

En este contexto, el jugador de fútbol Andrés Iniesta ha sido reprendido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por anunciar en redes sociales el portal de compraventa de criptomonedas Binance. “Estoy aprendiendo cómo empezar con las criptomonedas con Binance”, ha publicado el deportista en su cuenta oficial de Twitter junto a unas fotografías en las que el mismo aparece haciendo uso de la página web y la aplicación de la compañía, bajo el hashtag #BinanceForAll.

En su llamada de atención al ex del FC Barcelona, la CNMV ha recordado que “los criptoactivos, al ser productos no regulados, tienen algunos riesgos relevantes” y le ha invitado a leer el comunicado que el organismo publicó el pasado mes de febrero advirtiendo de dichos riesgos e “informarse a fondo antes de invertir en ellos o de recomendar a otros que lo hagan”.

En el citado documento, la CNMV y el Banco de España señalaban que “numerosas criptomonedas, entre ellas Bitcoin y Ether, han experimentado elevada volatilidad en sus precios, lo cual ha sido acompañado de un aumento significativo de la publicidad, en ocasiones agresiva, para atraer inversores” y apuntaban a su “extrema volatilidad, complejidad y falta de transparencia que las convierten en una apuesta de alto riesgo”.

Una regulación en redacción

Asimismo, señalaba la ausencia de un marco regulatorio en la Unión Europea que proporcione garantías y protección similares a las aplicables a los productos financieros. Actualmente, se está negociando el Reglamento MiCA con la intención de apuntalar un marco normativo para la emisión de criptoactivos y los proveedores de servicios. En el texto, la CNMV indica que las criptomonedas, desde el punto de vista legal, no tienen la consideración de medio de pago, no cuentan con el respaldo de un banco central y otras autoridades públicas; y no están cubiertas por mecanismo de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.

Por su parte, en nuestro país se han producido movimientos institucionales hacia la regulación de la publicidad en el sector en los últimos meses. El Banco de España abrió el pasado 29 de octubre un registro de operadores de criptoactivos con sede y actividad en España, mientras que el plazo de consultas abierto por la Comisión Nacional del Mercado de Valores ya se ha cerrado. En este sentido, hay una normativa en proceso de redacción que se espera entre en fase de aplicación a principios de 2022.

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Entre otras cosas, la propuesta regulatoria contempla que la CNMV podría exigir el cese de anuncios o la rectificación de las campañas publicitarias y que las activaciones masivas, es decir, aquellas dirigidas a más de 100.000 personas, deberían ser comunicadas previamente al regulador al menos 15 días antes de su inicio. No obstante, también se podrá exigir la comunicación previa de una campaña publicitaria de menor tamaño “cuando así se considere por el impacto que pudieran tener en el público objetivo”.

Al igual que los productos financieros, las comunicaciones comerciales de criptoactivos deberán advertir de sus riesgos e incluir información adicional para interés de los usuarios. Según la propuesta de norma, los operadores que deseen realizar anuncios deberán facilitar a la Comisión la documentación sobre la campaña en curso, así como la de las realizadas en el último año, con datos como la fecha de inicio y cierre, descripción del público objetivo o información específica sobre las piezas publicitarias.

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